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La reciente sentencia dictada por la Sala 1ª del Tribunal Supremo (nº 109/2011, de 2 de marzo), que determina que la aportación a un proceso judicial de «actas de mediación» firmadas por las partes no supone la vulneración del principio de confidencialidad, ha causado estupor y sorpresa en algunos abogados y mediadores. Si bien es
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