En MEDIAMOS las partes deciden el idioma en el que la mediación se llevará a cabo. Pueden elegir un solo idioma o pueden optar por utilizar dos idiomas y disponer de interpretación, aunque esta última opción aumentará evidentemente los costos de realización del proceso.

En mediamos ofrecemos mediaciones en lengua inglesa e italiana.
MEDIAMOS cuenta con una biblioteca de artículos y libros relacionados con la mediación, que están disponibles para su consulta en nuestra sede de Málaga.

MEDIAMOS también proporciona información a los profesionales y empresas en actividades de promoción en la mediación.

Estaremos encantados en ampliarte nuestros servicios.
Pues muy simple, porque: Un cliente feliz es fuente de referencia de los mejores del mundo. Con ello queremos decir que si el cliente tras tu intervención y recomendación está satisfecho recomendará tus servicios a terceros y como sabemos esta es la mejor publicidad en el gremio de la Abogacía. Tu intervención siempre será promocionada desde MEDIAMOS porque tras las sesiones, en la mayoría de los casos, los intervinientes necesitan de la formalización judicial, notarial, etcde los acuerdos sucritos en mediación.

Los buenos Abogados vencen en los juicios

Los grandísimos Abogados vencen sin ir a juicio
Esta situación, lamentablemente, no es extraña, pues en muchos casos detrás de cada litigio nos encontramos con problemas emocionales subyacentes; en nuestra experiencia, la solución puede estar en hacer entender a las partes que tendrán la oportunidad de ser escuchadas y expresar plenamente sus emociones, algo que normalmente no se produce en los juicios.

La mediación puede trabajar con casos muy emocionales si las partes están dispuestas a escuchar atentamente a la otra parte y volver a examinar su posición a la luz de lo que aprenden en el proceso de mediación.

Es evidente que una solución elaborada por las partes siempre es preferible que la impuesta por un tribunal, que puede no satisfaga a ninguna de ellas.
Preparación para una sesión de mediación es mucho más fácil que la preparación de un arbitraje o un juicio:

  1. No hay plazos preestablecidos para facilitar los datos necesarios

  2. Antes de la sesión de mediación, las partes deben haber obtenido la suficiente información para tomar decisiones. De cualquier manera el mediador ayudará al intercambio de información.

  3. Un elemento esencial de una mediación comunitaria exitosa es que cada parte debe estar representada por una persona con autoridad suficiente para resolver el caso. Esto normalmente significa que los clientes, gerentes de negocios, etc., deben asistir personalmente.
Normalmente, una de las partes en una controversia se pondrá en contacto con la oficina de MEDIAMOS para iniciar las sesiones de mediación o de proponer la mediación a las otras partes. Como regla general, las partes han discutido la posibilidad de la mediación antes de ponerse en contacto con MEDIAMOS, aunque siempre es una opción para que MEDIAMOS inicie el contacto sobre la mediación. En algunas situaciones, MEDIAMOS, como asociación especializada e imparcial, podría tener una mayor posibilidad de lograr la participación de las partes en la mediación. Debido a que la mediación es un proceso tan beneficioso, los mediadores suelen tener éxito en convencer a todos a participar. En virtud de los baremos de la referida Asociación, por lo general no se efectuarán cargos si una parte se negara participar en la mediación.

Las mediaciones se llevarán a cabo de acuerdo con la norma vigente en cada momento reguladora de la mediación de que se trate.
Muchas empresas y abogados están incluyendo cláusulas de sometimiento a MEDIACION en los contratos. Con la inclusión de dicha cláusula, las partes están preacuerdo para utilizar la mediación en el caso de un conflicto…
Resolver las controversias ahora. Casi todos los casos se resolverán antes de lo que dura un juicio. Proponer la mediación es una forma excelente de conseguir acuerdos antes de acudir a un juicio o bien durante los mismos.

Ahorre dinero. Una pronta solución, naturalmente, ahorra gastos de litigios y otros costos relacionados con la gestión del conflicto.

Mantener el control
. La Mediación es diferente del arbitraje o juicio porque el mediador no toma una decisión o fuerza alguna de las partes a aceptar un acuerdo. Cuando usted se compromete a mediar en un conflicto, sólo está de acuerdo en asistir a la sesión de mediación y de participar en un esfuerzo de buena fe para resolver el asunto. Por consiguiente, usted siempre tiene el control completo de los resultados.

Mejorar la comprensión de todos. La sesión de mediación está diseñada para educar a todos acerca de las cuestiones jurídicas y de hecho en la controversia, y esto puede ser particularmente útil para las personas que no están familiarizados con el litigio o proceso de reclamaciones. Por ejemplo, muchos abogados nos han dicho que sus clientes no habrían aceptado una oferta de acuerdo razonable, si no hubiesen asistido a una sesión de mediación.

Informalmente explorar opciones de solución. Debido a la naturaleza confidencial de las reuniones privadas, a menudo denominado "caucus", el mediador puede explorar las opciones de solución, sin exponer su posición final. Esto puede eliminar la "postura" que tiene lugar durante las negociaciones tradicionales.

Organizar las negociaciones de varios responsables. El mediador puede desempeñar un papel importante en la simple organización de los debates. El mediador puede trabajar de cerca y de manera confidencial, con cada lado para explorar las posibilidades de solución y poner un paquete de solución juntos.

Preservar las relaciones de continuar. La mediación es especialmente apropiada en situaciones en las que las partes contendientes van a trabajar juntos después de que la disputa se resuelva. La mediación ofrece a las partes las mejores condiciones posibles para resolver su conflicto lo más rápido y fácil posible.
Las sesiones informativas serán gratuitas en todos los casos, por contra en las siguientes sesiones los honorarios del mediador serán según baremo regulador para la mediación y en su defecto el del Colegio Profesional al que pertenezca el mediador en cuestión. La factura se podrá pasar al final de cada sesión o una vez concluida la mediación.

En muchos casos, las partes estarán de acuerdo en sufragar los costes de mediación por mitad, aunque no es extraño que una parte pague todo el coste. En cualquier caso debe existir un claro acuerdo sobre los honorarios antes de la sesión de mediación.

Los honorarios de mediación podrán acogerse a los beneficios de justicia gratuita para los casos que expresamente regule la Junta de Andalucía.
No. Cada parte debe contratar a un abogado y recabar los consejos legales que considere oportuno. Un mediador no está allí para proporcionar asesoramiento jurídico.
Como se ha expuesto en las respuestas anteriores, cualquier tipo de caso puede ser mediado. En MEDIAMOS estamos capacitados para determinar que tipo de mediación sería aplicable en cada conflicto.
La mediación puede ser utilizada en cualquier etapa de una controversia. Por lo tanto, puede ser elegido como el primer paso hacia la búsqueda de una solución de la conflicto cuando las negociaciones llevadas a cabo por las partes han fallado. La mediación también puede ser utilizada en cualquier momento durante un litigio o arbitraje cuando las partes desean interrumpir el litigio o el arbitraje para buscar la posibilidad de arreglo.

Otro uso común de la mediación se asemeja más a la prevención de conflictos. Las partes podrán solicitar la asistencia de un mediador en el curso de las negociaciones para un acuerdo cuando estas han llegado a un callejón sin salida y consideran necesario celebrar el acuerdo.
El arbitraje implica la presentación de pruebas a un árbitro por una decisión jurídicamente vinculante. El arbitraje puede ser eficaz, pero requiere mucho tiempo y generalmente más caro que la mediación, además las partes renuncian al control de los resultados.

En una conciliación judicial, las partes presentan pruebas informales a un juez para instar a un avenimiento con la contraria Sin embargo la practica nos dice que cada vez están mas en desuso, primero porque no es obligatorio acudir, segundo porque se puede delegar en representantes y tercero porque no se procura ninguna conciliación, sino todo lo contrario cada parte se refuerza en su posición.
Para mediar no es necesario, pero por otra parte, si usted está ya en un juicio y tiene un abogado que lo defienda, le recomendamos encarecidamente que le confirme su intención de intervenir en mediación al objeto de que también obtenga toda la información necesaria al respecto de la mediación y el proceso. Incluso si no están en litigio es posible que desee consultar con un abogado antes de la mediación de su disputa.
El proceso judicial siempre decidirá en su litigio, pero no siempre resuelve su problema.
Para los que consideran que la mediación es un proceso nuevo y que se pregunta qué ventajas ofrece, dos factores deben de ser tenidos en cuenta:

  1. Utilizar la mediación tiene un alto índice de éxito, dado su carácter no formal. De hecho, aun cuando un acuerdo no se alcanza, podríamos decir que la mediación nunca falla, pues las partes siempre saldrán de allí sabiendo más acerca del conflicto y, probablemente, habiendo reducido los temas en cuestión.

  2. Un segundo factor a tener en cuenta es que el sometimiento a la mediación implica un riesgo muy bajo. Las partes siempre tienen el control de la conflicto. Cada una de las partes puede poner fin a la mediación en cualquier momento, si considera que no está haciendo ningún progreso, que el procedimiento es muy oneroso, o que la otra parte no está actuando de buena fe. El sometimiento a la mediación es controlable en todo momento.
Todas las partes en una controversia estarán presentes en la sesión informativa de mediación. Por ejemplo, los participantes en un caso típico de lesiones personales por lo general incluyen el demandante y el abogado del demandante, un representante de la compañía de seguros, posiblemente un abogado de la defensa, y el mediador. En un caso comercial, los propietarios y / o administradores asistirán, junto con sus abogados.

Todas las partes, los representantes y el mediador se reúnen en un formato de reunión conjunta previa en el que se les informará de las ventajas de la mediación y del proceso a desarrollar. Después de las observaciones introductorias del mediador y la firma del acuerdo de mediación (si no está firmado ya anteriormente), se iniciarán las sesiones donde esta vez solo presentes las partes en conflicto tendrán la oportunidad de explicar su posición. Estas declaraciones iniciales se desarrollarán de forma corta, alternativa e informal, normalmente no más de diez a veinte minutos de duración, según cada caso, siendo el punto de partida para el mediador para obtener una comprensión del caso.

Después de la referida sesión, el mediador se reunirá nuevamente con las partes tantas veces como considere oportuno bien conjuntamente o con cada parte por separado, (estas reuniones por separado, denominado "caucus", serán confidenciales), hasta la consecución de los objetivos marcados de forma total o parcial. Si los resultados de la mediación son un consenso, las partes podrán firmar un acuerdo final y trasladárselos a sus abogados para darle la forma y tramite jurídico que pudiera necesitar.
Si usted desea para mediar en su disputa, en MEDIAMOS estamos dispuestos, sin cargo, a ponernos en contacto con la otra parte y tratar de obtener su consentimiento para mediar en el conflicto. Desde MEDIAMOS trataremos de convencerles que ganar significa algo más que oponerse al contrario.
Estos acuerdos suelen servir de base para la resolución de otras cuestiones y del acuerdo general. Es probable que se acelere la mediación y se reduzcan aún más los costes.
El mediador preparará el acuerdo por escrito, proporcionando una copia a ambas partes. Si procede, el acuerdo también se puedeenviar a sus abogados. En algunos casos se les insta a que informen del acuerdo a su abogado antes de que sea final.
Todo tipo. La mediación ha sido utilizado con éxito para las reclamaciones de responsabilidad civil, las disputas comerciales y de negocios, problemas de construcción, quejas de los empleados, las demandas medioambientales, las acusaciones de negligencia profesional, las demandas de responsabilidad de productos, las cuestiones marítimas, los litigios sobre cobertura de seguro, las interpretaciones de bienes raíces, la disolución de asociación, asuntos de familia ( separación divorcio, custodia de hijos, fijación de pensión alimenticia y compensatoria, relaciones intergeneracionales, adopciones etc…), y las reclamaciones laborales.
La mayoría de los casos se resolverán en la primera sesión de mediación o poco después. Si un acuerdo no es alcanzado en la primera sesión de mediación, el mediador puede convocar a las partes a tener algunas otras sesiones. Si una solución completa no se alcanza, las partes son libres de buscar otras opciones, como el arbitraje o bien acudir o seguir con el trámite judicial.
MEDIACION INTRAJUDICIAL

Se realiza sobre un conflicto del que ya conoce el Juzgado, bien por demanda, si es un asunto civil o por denuncia, si es un asunto penal.

Así la Ley 5/2012, de 6 de julio, de MEDIACIÓN EN ASUNTOS CIVILES Y MERCANTILES, trata sobre mediaciones que se realizan en conflictos entre partes de los que, o bien ya conoce un Juzgado o bien el acuerdo mediacional que firmen al finalizar la mediación, puede tener efectos jurídicos de los que podría conocer un juzgado.

Para realizar este tipo de mediaciones, es necesario que el mediador tenga unos mínimos conocimientos jurídicos para  saber que los acuerdos de las partes no son contrarios al derecho, pues  en  este caso, serían nulos o para saber que alguna de las partes puede estar comprometiéndose a acuerdos que les perjudica por pura ignorancia. En este momento, el mediador tendría que interrumpir la mediación y pedir a las partes que se asesoraran jurídicamente o por el profesional adecuado, para que les informe de las consecuencias de su compromiso.

Pues, aunque el mediador sea abogado, no puede asesorar jurídicamente a ninguna de las partes.

MEDIACION EXTRAJUDICIAL

Se realiza cuando el conflicto entre las partes no es conocido por el Juzgado o un tribunal, es decir que no está judicializado el conflicto.

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